Se consideran enseres y objetos voluminosos de recogida domiciliaria los definidos en la categoría 200307 del Catálogo Europeo de Residuos aprobado por Decisión 2001/118/CE de la Comisión de las Comunidades Europeas del 16 de enero de 2001.Tendrán esta consideración aquellos residuos generados de formas domiciliaria, los cuales el ciudadano tendrá en su domicilio y se quiera deshacer como puedan ser sofás, muebles, electrodomésticos, etc.
¿Cómo sacarlo a la puerta de casa?
Los usuarios que quieran deshacerse de enseres y objetos voluminosos están obligados a:
1. Solicitar a su ayuntamiento, personalmente o por teléfono, la recogida de estos objetos
de los cuales se quieres desprender.
2. Seguir las instrucciones que se dén desde los ayuntamientos en materia de recogida
de enseres y objetos voluminosos.
3. Sacar los enseres y objetos voluminosos encima la acera (siempre que sea posible) el
día antes de la recogida a partir de las 20:00 horas.
4. Como máximo se podrán sacar tres objetos grandes u objetos pequeños del volumen
de tres grandes.
5. En ningún caso se recogerán restos de obra, ni residuos procedentes de actividades
industriales o comerciales, ya que éste es un servicio de para el ciudadano.
Tenemos que tener en cuenta en todo momento que los usuarios son los responsables de éstos enseres y objetos voluminosos que sacan a la calle. Y que en ningún caso se pueden sacar enseres y objetos voluminosos sin dar parte a su ayuntamiento.